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CÓDIGO DE ÉTICA RADIO SALINAS FM

 

La estación de radiodifusión sonora denominada Salinas Fm representada legalmente por la Cía. RSTV CL que opera en la frecuencia 103.3MHz, matriz en la ciudad de Santa Elena provincia Santa Elena, con repetidora en Manglaralto y cantón Playas de la provincia del Guayas, en acatamiento a las disposiciones de la Ley Orgánica de Comunicación, publicado en el Registro Oficial Suplemento No. 383 de 28 de agosto de 2023, actualiza su Código de Ética basado en las siguientes normas y principios:

 

1. Transmitir información precisa y veraz, con criterios claros para la investigación, verificación y presentación de los hechos.

 

  • Mantener a la sociedad informada con veracidad frente a los hechos noticiosos del país.

  • Difundir información actual, original, citar fuentes y con buen razonamiento lógico.

 

2. Definición de la línea editorial del medio de comunicación acorde con los valores y principios que regulan su ejercicio.

 

  • Nuestra línea editorial tiene como objetivo central y preferente la noticia, la que se trata con objetividad y veracidad.

 

3. Mantener la reserva y confidencialidad de las fuentes.

 

  • Consideramos que el secreto profesional es el derecho del comunicador social de no revelar información y documentación que ha recibido en confianza o como parte de su labor de investigación, por razones de profesionalismo y de ética profesional.

  • El secreto profesional consiste en guardar discreción sobre la identidad de la fuente para asegurar el derecho a la información; se trata de dar garantías jurídicas que aseguren su anonimato y evitar las posibles represalias que pueda derivar después de haber revelado una información           

 

4. Fomentar la responsabilidad social, de valores democráticos y de derechos humanos.

 

  • Difundir los deberes y obligaciones como ciudadanos para preservar las buenas condiciones de nuestro país.

  • Promover valores democráticos como la honestidad para que las acciones busquen un bien común.

  • Reconocer el valor de todas las personas sin discriminación de género, origen étnico, religión, discapacidad, condicionamiento económico o cualquier otro tipo de diferencia garantizando los derechos humanos.

5. Derecho de réplica y rectificación de información inexacta o perjudicial para la reputación del reclamante.

 

  • Rectificar, a la brevedad posible, las informaciones que se hayan demostrado como falsas o erróneas;

  • Abstenerse de difundir publirreportajes como si fuese material informativo;

  • Cuidar que los titulares sean coherentes y consistentes con el contenido de las noticias;

  • Distinguir de forma inequívoca entre noticias y opiniones.

6. Protección de niños, niñas y adolescentes y grupos vulnerables donde se establecerán normas que garanticen el respeto de sus derechos y eviten cualquier forma de discriminación.

 

  • No incitar a que los niños, niñas y adolescentes imiten comportamientos perjudiciales o peligrosos para su salud;

  • Abstenerse de usar y difundir menciones identificativas que atenten contra la dignidad o los derechos de las personas con graves patologías o discapacidades;

  • Evitar la representación positiva o valorativa de escenas donde se haga burla de discapacidades físicas o psíquicas de las personas;

  • Abstenerse de emitir imágenes o menciones identificativas de niños, niñas y adolescentes como autores, testigos o víctimas de actos ilícitos; salvo el caso que, en aplicación del interés superior del niño, sea dispuesto por autoridad competente;

  • Proteger el derecho a la imagen y privacidad de adolescentes en conflicto con la ley penal, en concordancia con las disposiciones del Código de la Niñez y Adolescencia;

  • Abstenerse de emitir contenidos que atenten contra la dignidad de los adultos mayores, o proyecten una visión negativa del envejecimiento.

  • Dar a conocer los derechos de las personas y grupos de atención prioritaria;

  • Promover la atención a los grupos vulnerables.

El incumplimiento de las normas contenidas en presente Código de Ética podrá ser denunciado por cualquier ciudadano u organización ante el Consejo de Comunicación, conforme a la normativa vigente.

El presente Código de Ética entrará en vigencia a partir de su expedición sin perjuicio de su publicación el portal web de este medio de comunicación o en un instrumento a disposición del público.

 

Santa Elena, 14 de junio de 2024

                               .

Radio Salinas desde la Provincia de Santa Elena - Ecuador

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